Seguidamente el tribunal Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara legalmente secuestrado el inmueble, constituido por un trailer, signado con el Nº T10A, ubicado en el sector la salina, Urbanización Las Cúpulas, en el Municipio Autónomo Cabimas del Estado Zulia comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: Linda con Trailer Nº 10B;SUR: Linda con la avenida Bella Vista; ESTE: Linda con Terreno desocupado; OESTE: Linda con trailer Nº 11B. Así mismo procede a tomarle el juramento de Ley al ciudadano JESUS ORTIZ, apoderado judicial de la empresa PDVSA PETROLEO S.A; de la siguiente manera: ¿Jura Usted cumplir fielmente con los deberes inherentes al cargo recaído en su persona? Contesto: "Si lo juro". Seguidamente el tribunal procede a hacerle entrega del inmueble totalmente desocupado de personas y de bienes al representante de la Empresa PDVSA PETROLEO S.A, que fuera designado por el Juzgado de la .....