DISPOSITIVA
En virtud de las anteriores consideraciones, esta Operadora Judicial Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: CON LUGAR la presente demanda y en consecuencia RECONOCIDO EN SU CONTENIDO Y FIRMA EL DOCUMENTO cursante al folio 07, del expediente signado con el Nro.3390 de los expedientes llevados por ante este Tribunal, demanda intentada por el ZIKIU YARIKANDA NAVA MARQUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 20.045.526 de este domicilio, Asistida por la abogada, LOURDES MARQUEZ, IPSA Nro. 208.070, contra la ciudadana CARMEN MARIA JIMENEZ, titular de la cédula de identidad Nros V-10.123.266, domiciliado en la Urbanización La Ceiba 2, Sector 2 con Calle 4, Numero 57 Quíbor, Municipio Jiménez del Estado Lara. Se ordena certificar por secretaria copia certificada de la presente sentencia y desglosar del expediente el documento original cursante al folio 07, y colocar en su l.....