DISPOSITIVA
En base a las consideraciones expuestas, este Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en ejecución de sentencia, ordena que el joven plenamente identificado, a cumplir las medidas de Imposición de Reglas de Conducta y Semilibertad en el caso de la primera sanción se imponen las siguientes obligaciones:
1.-) Residir en un lugar determinado, en caso de cambio de residencia participarlo al tribunal.
2.-) Permanecer en un empleo estable
3.-) No portar ningún tipo de arma
4.-) No consumir sustancias estupefacientes y psicotrópicas
5.-) No permanecer fuera de su residencia después de las 10 pm
Semilibertad por el lapso de un (1) año