Por los fundamentos antes expuestos y luego del análisis realizado este TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCIÒN DE LA SECCION ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA ordena PRIMERO: PONER EN ESTADO DE EJECUCIÓN la sentencia dictada por el Juzgado Primero de Control de la Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, mediante Sentencia N° 040-08 de fecha 21-07-2008-2008, a través de la cual declaró la responsabilidad penal de la adolescente(SE OMITE EL NOMBRE DE LA ADOLESCENTE SANCIONADA), condenándola al cumplimiento de las sanciones de LIBERTAD ASISTIDA E IMPOSICION DE REGLAS DE CONDUCTA POR EL LAPSO E DOS (02) AÑOS PARA SER CUMPLIDAS EN FORMA SIMULTANEA, de conformidad con lo establecido en los artículos 626 y 624 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente; y en tal sentido, se pasa a computar el tiempo de cumplimiento de las sanciones impuestas de la siguiente manera: Las sanciones de LIBERTAD ASISTIDA E IMPOSICION DE REGLAS DE CON.....