En consecuencia, por los fundamentos ya expuestos, éste JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA Y SIMÓN BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, actuando como primera instancia; según Resolución N° 2009-0006 de la Sala Plena del Supremo Tribunal, dictada en fecha 18 de Marzo de 2.009, donde se modificó a Nivel Nacional las competencias de los Juzgados, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la de cujus JOSEFA ANTONIA MARIN de NAVARRO, ya identificada, al ciudadano ADELSO NAVARRO, titular de la cédula de identidad número V-147.336, en su condición de esposo y los ciudadanos CARMEN EDECIA NAVARRO MARIN, NELLY JOSEFINA NAVARRO de RODRÍGUEZ, LUISA DEL CARMEN NAVARRO de ROJAS, ADOLFO RAMÓN MARIN, MARÍA JOSEFA NAVARRO de ROQUES, ADELSO ENRIQUE NAVARRO MARIN, ANTONIO JOSÉ NAVARRO MARIN y TERESA DE JESÚS NAVARRO de CASTRO; titulares de las cédulas de identi.....