Se decreta el sobreseimiento de la causa penal signada con el Nro 10U-21-03, instruida en contra del ciudadano MERVIN ALONSO HERNANDEZ CARDENAS, por la comisión del delito de HURTO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el artículo 01 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículo Automotor, en perjuicio del ciudadano ELIDIO ENRIQUE PORTILLO HERNANDEZ, y consecuencialmente se declara extinguida la acción penal de conformidad con el ordinal 3° del artículo 318 y el artículo 48 ordinal 8° ambos del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el artículo 108 ordinal 4to del Código Penal vigente a la comisión de los hechos, en relación con el artículo 110 en su primer parágrafo ejusdem; y por ser materia de orden publico este Tribunal paso a pronunciarse de oficio. Déjese sin efecto la orden de aprehensión librada.