Por todos los fundamentos expuestos y los dispositivos legales antes enunciados, este TRIBUNAL DEL MUNICIPIO LAGUNILLAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Ciudad Ojeda, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR la presente acción o demanda judicial de COBRO DE BOLÍVARES mediante el PROCEDIMIENTO POR INTIMACIÓN y se procederá como en SENTENCIA PASADA EN AUTORIDAD DE COSA JUZGADA, EL DECRETO INTIMATORIO DICTADO por este Tribunal en fecha cuatro (04) de noviembre de dos mil diez (2010), seguido por la ciudadana ARLENY DEL CARMEN MATOS DE ROSALES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-11.455.011, con domicilio procesal en la Calle Córdova entre Carretera "N" y Calle Ecuador, número 260, diagonal al Club Video Miqui, Escritorio Jurídico "Jaser" en Ciudad Ojeda, Municipio Lagunillas del Estado Zulia, en contra de la ciudadana demandada, CARMEN HUNG, venezol.....