DISPOSITIVA
Por los razonamientos anteriormente vertidos, este TRIBUNAL NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO PARA EL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: IMPROCEDENTE la defensa de fondo relativa a la falta de cualidad invocada por la sociedad mercantil PDVSA PETRÓLEO SA.
SEGUNDO: PARCIALMENTE PROCEDENTE la pretensión por motivo de COBRO DE BOLÍVARES POR DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES interpuso el ciudadano ALIRIO GREGORIO GÓMEZ GÓMEZ contra las sociedades mercantiles EMPRESAS NORTE SUR CA, y PDVSA PETRÓLEO SA, quien actúa como tercero interviniente, ambas partes plenamente identificadas en las actas procesales. En consecuencia se condena a la parte demandada a pagar la suma de veintidós mil ochocientos setenta y ocho bolívares con treinta y cinco céntimos (Bs.22.878,35) a favor del ciudadano ALIRIO GREGORIO.....