Por los fundamentos y razonamientos antes expuesto, este JUZGADO SUPERIOR OCTAVO AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en el INTERDICTO RESTITUTORIO incoado por el ciudadano FREDDY GONZALEZ NAVARRO contra el ciudadano PEDRO LUIS TANG URDANETA, ambos ya identificados, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la representación judicial de la parte querellada, contra la sentencia de mérito dictada el día 16 de mayo de 2006, por el Juzgado de Primera Instancia del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
SEGUNDO: SE CONFIRMA por los fundamentos de hecho y de derecho explanados en este fallo, la sentencia dictada el día 16 de mayo de 2006, por el Juzgado de Primera Instancia del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia.
TERCERO: De conformidad con lo establecido en el Artículo 281 del Códig.....