DISPOSITIVO
Por los fundamentos expuestos, este TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, actuando en sede Constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la presente acción de amparo constitucional intentada por el ciudadano ALFREDO GREGORIO MEJIAS VELASQUEZ, en contra de la empresa CONSORCIO PRECOWAYSS, y en consecuencia CUMPLA con la Providencia Administrativa Nº 50, de fecha 30 de abril de 2012, (Expediente N° 042-2012-01-00175) emanada de la Inspectoría del Trabajo de Maracaibo del Estado Zulia, que declaró CON LUGAR la Solicitud de Reenganche y Pago de Salarios Caídos, incoada por el ciudadano ALFREDO GREGORIO MEJIAS VELASQUEZ.
SEGUNDO: SE CONDENA EN COSTAS a la parte presunta agraviante.
PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE. Déjese copia certificada por Secretaría del presente fallo, de conformidad con lo establ.....