En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Conversión en Divorcio hecha por los ciudadanos YHON MICHAEL VALERA SUAREZ Y LOANNA EUGENIA PALOMO SALAZAR, ya identificados.
SEGUNDO: DISUELTO, como consecuencia de la anterior declaratoria, el vinculo matrimonial que los unía contraído por ellos por ante el Registro Civil del Municipio García del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, el día 26 de Diciembre de 2011, según consta del acta de matrimonio, asentada bajo el N° 131, de los libros respectivos.
TERCERO: en cuanto al Régimen Patrimonial establecido en la Solicitud, este Tribunal con fundamento en los artículos 175, 183 y 190 del Código Civil, lo acuerda en los mismos términos planteados.-