Por los fundamentos antes expuestos, este TRIBUNAL SUPERIOR QUINTO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en la Ciudad de Maracaibo, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Con lugar el Recurso de Apelación interpuesto por la parte demandante recurrente en contra de la decisión de fecha veinticinco (25) de Mayo de 2009, dictada por el Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Maracaibo.-
SEGUNDO: Sin lugar el Llamamiento de Tercero, solicitado por la empresa demandada Sociedad Mercantil VÍVERES DE CÁNDIDO C.A (VIDECA).-
TERCERO: Se revoca la decisión apelada, en consecuencia, se ordena darle continuidad a la presente causa.-
CUARTO: No se condena en costas, por haber resultado procedente el recurso.-
Déjese copia certificada por secretarí.....