Por los razonamientos precedentemente expuestos, este Tribunal Primero de Juicio del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: En virtud del principio de IURA NOVIT CURIA esta Juzgadora cambia la calificación jurídica solicitada por otra denominada ejercicio de custodia como atributo de la Responsabilidad de Crianza, y DECLARA CON LUGAR la pretensión del Consejo de Protección del Niño y del Adolescente del Municipio Autónomo Villalba San Pedro de Coche del Estado Nueva Esparta y otorga el EJERCICIO DE CUSTODIA del adolescente (IDENTIDAD OMITIDA), de dieciséis (16) años de edad, a su abuela paterna, ciudadana, ZORAIDA MARGARITA RODRIGUEZ, ... quien deberá garantizarle todos los derechos inherentes a la salud, cuidado, desarrollo, protección y educación integral de su nieto...