PRIMERO: En relación al escrito interpuesto por la ciudadana Dra. Milagros Morales, defensa de los imputados, se declara SIN LUGAR la excepción opuesta sobre la base del literal c,numeral 4 del articulo 28 del Código Orgánico Procesal Penal,ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACIÓN del Ministerio Público en contra de los acusados 1) LEONARDO SEGUNDO ALARCON, de nacionalidad Venezolano, natural de Maracaibo, fecha de nacimiento 10-04-71, de 35 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Comerciante, cedula de identidad No. 11.865.440, hijo de MAURO ANDREZ GOMEZ BERMUDEZ (V) y ISABEL TERESA ALARCON (v), y con residencia en Sierra Maestra, calle 22, Avenida 17, casa N° 18-39, Municipio Maracaibo, Estado Zulia, Teléfono N° 0416-2669625; y 2) JOSE JESUS PADRON PEROZO, de nacionalidad Venezolano, natural de Maracaibo, fecha de nacimiento 01-11-69, de 37 años de edad, de estado civil Soltero, de profesión u oficio Obrero, cedula de identidad No. 11.871.424, hijo de JOSE MANUEL PADRON P.....