1.- SE HOMOLOGA LA TRANSACCION LABORAL celebrada en ocasión del juicio que por Prestaciones Sociales siguen la ciudadana LEDYS AVENDAÑO en contra de la empresa INSTITUTO MUNICIPAL DEL AMBIENTE (IMAU) (AMBAS LAS PARTES SUFICIENTEMENTE IDENTIFICADAS EN LAS ACTAS PROCESALES), por lo que se le imparte el carácter de cosa juzgada a dicho acuerdo transaccional.
2.- NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS dada la naturaleza del fallo.
3.- NOTIFÍQUESE al Sindico Procurador del Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia, de conformidad con el artículo 155 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal.
4.- SE ACUERDA mediante auto por separado, dar por terminado el presente asunto y el archivo definitivo del expediente, en cuanto sea verificada la notificación ordenada.