Por consiguiente, visto que en fecha 22/01/2014, el Tribunal se traslado y se constituyo en la sede de la sociedad mercantil "INVERSIONES VOMERO GROUP C.A" a los fines de practicar la notificación de los socios; el Tribunal observa que desde esta última actuación han transcurrido más de un (4) años sin que se le haya dado impulso al procedimiento, y de conformidad con lo dispuesto en el ordinal 1ro, del artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, resulta forzoso para este Tribunal, declarar de oficio la PERENCIÓN de la instancia y así se decide.