En consecuencia, este JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CABIMAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, declara LA CONVERSIÓN EN DIVORCIO DE LA SEPARACIÓN DE CUERPOS propuesta por los ciudadanos ANDREA ESTEFANIA RODRÍGUEZ OCANDO y OCSAIN JOSÉ SUÁREZ SEMECO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V-18.216.585 y V-17.586.018, domiciliados en esta ciudad de Cabimas del Estado Zulia, y por ende disuelto el vínculo matrimonial contraído por estos el día 09 de noviembre de 2012 según Acta de Matrimonio cursante en actas, por ante el Registro Civil del Municipio Santa Rita del Estado Zulia.
Asimismo se deja establecido según pronunciamiento de los solicitantes que durante la unión matrimonial no procrearon hijos ni adquirieron bienes, y que su último domicilio conyugal fue en la Ur.....