• APROBADO Y HOMOLOGADO el convenio de Obligación de Manutención, suscrito por los ciudadanos JESUS ENRIQUE ESPINA DELGADO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No V- 16.250.420 y MARYURY NINOSKA AGUDELO LARA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No V-14.428.879.-
• Se acuerda que existe en la cuenta de ahorro No 1750254920061501012 del banco bicentenario la cantidad de BS 69.896,54 de la cual le corresponde a los niños JESUS MANUEL y DANIEL ENRIQUE ESPINA AGUDELO la cantidad de BS 53.896,84 correspondientes a los meses de enero 2014, utilidades 2013 y cestatikes de juguete de 2013, de la cual se autoriza a la ciudadana MARYURY NINOSKA AGUDELO LARA, titular de la cédula de identidad No V-14.428.879 a retirara la cantidad de BS 53.700,00 y la cantidad excedente de BS 16.000,00 le corresponde al ciudadano JESUS ENRIQUE ESPINA DELGADO, titular de la cédula de identidad No V- 16.250.420 por retenciones excedente que hizo la empresa Corpoel.....