Esta Jueza Cuarta de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, y Ejecución prescinde de la celebración de dicha audiencia y en razón de lo cual considera procedente y ajustado a derecho, PRIMERO: DECRETAR la SEPARACION DE CUERPOS Y BIENES de los ciudadanos Aileen Del Valle Escalona Tovar y Ricardo David Garces Pérez, venezolanos, mayores de edad y titulares de la cédulas de identidad Nº 19.896.507 y 18.093.256 respectivamente; conforme a los artículos 189 y 190 del Código Civil. Así se Declara. SEGUNDO: Extinguida y liquidada la Comunidad de Gananciales en los mismos términos indicados por los referidos ciudadanos en el escrito de solicitud, con ocasión al presente decreto de separación, ello en atención a lo dispuesto en el Segundo aparte del artículo 173, concatenado con el artículo 175, ambos del Código Civil. Así se Establece. TERCERO: De conformidad con el contenido del artículo 351 de la Ley Especial, en lo que concierne a la Patria Potestad, Custodia, Responsabilidad de Cr.....