Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en el ejercicio de sus facultades legales, Administrando Justicia y por Autoridad de la Ley, declara: 1) SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la profesional del derecho EMIS URDANETA, actuando con el carácter de apoderada judicial de la parte demandada, en contra de la decisión dictada en fecha 30 de abril de 2013, por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia. 2) PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda que por reclamo de prestaciones sociales intentó el ciudadano GONZALO GUILLERMO PALMERA, en contra de la sociedad mercantil LUZARDO INGENIERIA C.A.; 3) SE CONDENA A LA SOCIEDAD MERCANTIL LUZARDO INGENIERIA C.A. A PAGAR AL CIUDADANO GONZALO GUILLERMO PALMERA LA CANTIDAD DE Bs. 244.606,88 mas lo que resulte del cálculo del concepto de cesta ticket; y de la experticia complementaria del fallo ordenado