esta Jueza del Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, y Ejecución, habiendo constatado de autos la documentación necesaria a los fines de conceder dicha autorización, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, considera procedente y ajustado a derecho, Primero: Declarar con Lugar la Solicitud de Autorización Judicial, incoada por la ciudadana Maria José Hernández Marcano, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-11.855.349, en beneficio del referido niño. Segundo: Autorizar a la ciudadana Maria José Hernández Marcano, antes identificada, para que acuda ante la autoridad competente, a realizar los trámites necesarios tendentes a la tramitación y obtención del Pasaporte, ante las Oficinas del Servicio Administrativo de Identificación Migración y Extranjería (SAIME), que requiere el niño de autos. Quedando entendido que la presente no autoriza al niño en referencia a viajar fuera del paí.....