este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: CON LUGAR la demanda de TACHA DE FALSEDAD DE DOCUMENTO incoada por el abogado en ejercicio CARLOS MAESTRE ZACARÍAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 51.659 y domiciliado en el Municipio Maracaibo del estado Zulia, procediendo en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos ERASMO ERNESTO FERRER GARCÍA y MIRIAM JOSEFINA LUGO DE FERRER, venezolanos, mayores de edad, identificados con cédula personal Nos. V-647.365 y 5.168.310, respectivamente, y domiciliados en el Municipio Maracaibo del estado Zulia en contra del ciudadano RAMÓN ANTONIO PUJOLS, extranjero, mayor de edad, soltero, comerciante, identificado con cédula personal No. E-81.761.895 y domiciliado en el Municipio Maracaibo del estado Zulia, con fundamento en los numerales 2° y .....