Por los fundamentos anteriormente expuestos, esta Sala N° 1 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, Declara CON LUGAR el Recurso de Revisión propuesto de oficio en fecha 24.05.07, mediante Decisión N° 330-07, por el Juzgado Séptimo de Primera Instancias en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, a cargo de la Jueza MIRIAM MESTRE, en la causa seguida al ciudadano JUAN RAMÓN FERNANDEZ, portador de la cédula de identidad N° 7.699.193, quien fue condenado por la comisión del delito de TRÁFICO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado actualmente en el artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, y en consecuencia, la pena a cumplir por el referido penado es de NUEVE (9) AÑOS DE PRISIÓN, mas las accesorias de ley previstas e.....