Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, Administrando Justicia en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
¿ CON LUGAR la demanda de DIVORCIO propuesta por JESSE JENSIE JIMÉNEZ VILORIA en contra de MAGEDG MARIOLY LEÓN ORTEGA, ya identificados, y en consecuencia:
¿ Disuelto el vinculo conyugal contraído por las partes ante el Jefe Civil de la Parroquia Francisco Eugenio Bustamante del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, el día dieciocho (18) de abril del año dos mil dos.
¿ Se condena en costas a la parte demandada por haber sido vencida en esta instancia, de conformidad con el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.-