Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, con ocasión al juicio de REIVINDICACIÓN incoado por el ciudadano RODOLFO DEL CARMEN MARQUEZ, contra las ciudadanas ANGIE DEL PILAR VALECILLOS CASTELLANO y ANGELA BAQUERO, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR EL RECURSO DE HECHO interpuesto por el abogado ALFREDO VARGAS, actuando como apoderado judicial del ciudadano RODOLFO DEL CARMEN MARQUEZ, contra auto, de fecha 23 de marzo de 2015, proferido por el JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.
SEGUNDO: SE CONFIRMA el singularizado auto, de fecha 23 de marzo de 2015, proferido por el JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, todo ello.....