DECISIÓN: DECLARA: 1) PARCIALMENTE, con lugar el recurso de apelación formulado por la parte demandante. 2) FIJA la cantidad del 37,50% mensual de lo que perciba el obligado como salario integral luego de hechas las deducciones, por concepto de Obligación de Manutención para las hermanas FUENMAYOR LABARCA; adicionalmente, en el mes de septiembre para gastos de inicio del año escolar se fija el mismo porcentaje, y en el mes de diciembre en igual proporción para cubrir gastos de navidad y fin de año. Cantidades de dinero que deben ser entregadas a la progenitora los primeros cinco días de cada mes, o depositadas en cuenta bancaria de la cual ella sea titular, de lo contrario remitidas en cheque de gerencia al Juzgado de la causa. Queda así revisada la sentencia dictada por la Sala de Juicio y fijado el aumento en forma proporcional cada vez que el progenitor perciba aumento de sueldo o salario. 3) ORDENA la entrega del 100% que proporcionalmente, por concepto de primas y asignaciones .....