ACUERDA: Otorgar al Ministerio Público el lapso de CUARENTA Y CINCO (45) DÍAS DE PRORROGA, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 313 del Código Orgánico Procesal Penal, contados a partir de la presente fecha, esto es hasta el día 11 DE JULIO DE 2010 , indicándole al Ministerio Público, que si vencido el plazo acordado en el presente acto y no presentare acusación ni solicitare sobreseimiento de la causa, se procederá al archivo de las actuaciones, todo de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 314 del Código Orgánico Procesal Penal