Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
SIN LUGAR, la apelación formulada por el profesional del derecho NELSON CARDOZO PUCA, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte co-demandada BASSAN JOSE FADDOUL BALLOUT y RONY JORGE FADDOUL BALLOUT, en contra del fallo dictado por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, en fecha 18 de diciembre de 2008, en consecuencia;
Queda de esta manera confirmada la decisión apelada.
Se condena en costas procesales a la parte apelante de conformidad con lo previsto en el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil, en virtud de haber sido confirmada en todas sus partes la decisión ape.....