DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos este Juzgado Sexto de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA: PRIMERO: LA SUSPENSION CONDICIONAL DE LA EJECUCION DE LA PENA al penado YIMI JOSE MALDONADO GOMEZ, venezolano, natural de Machiques de Perijá del Estado Zulia, portador de la cédula de identidad N° 16.550.765, fecha de nacimiento 05-01-82, mayor de edad, Soltero, Ayudante de Carpintería, hijo de Osiris Gómez y Cheo Maldonado, y residenciado en la calle Belgrado, en el primer puente, frente a la casa N° 13, en Machiques de Perijá del Estado Zulia, todo de conformidad con lo establecido en el articulo artículo 479 numeral 1° del Código Orgánico Procesal Penal, SEGUNDO: Se le impone un lapso de Régimen de Prueba, de UN (01) AÑO, a partir de la presente fecha, hasta el día 27-05-2009, así como las siguientes obligaciones: Prohibición de salir del Estado .....