DISPOSITIVA
En virtud de las anteriores consideraciones, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, con fundamento en las normas contenidas en los artículos 26 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y en los artículos 754 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda de divorcio con fundamento en el ordinal 2° del artículo 185 del Código Civil y, disuelto el vínculo que contrajeran los ciudadanos LUIS ENRIQUE SIRA y PATRICIA PASTORA SILVA RAMOS, ambos identificados, en fecha 24/08/2000, por ante el Juzgado Tercero del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, acta número 43, Folio 56 fte y vto. Ofíciese al referido Tribunal y al Registro Principal correspondiente, una vez quede firme la presente sentencia.
SEGU.....