JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA, PRIMERO: CON LUGAR la solicitud planteada por los Dres. MARIA LOURDES PARRA DE FUENMAYOR y JAIRZIHNO IRAK OREA TOVAR, actuando en su carácter de Fiscal Segunda del Ministerio Publico de la Circunscripción Judicial del estado Zulia y Décimo Noveno del Ministerio Publico a Nivel Nacional, referida al traslado del acusado al Centro de Arrestos Preventivos El Marite. SEGUNDO: Ordena la reclusión del acusado YOGER MELENDEZ, cedula de identidad Nº 12.803.076, en el asunto seguido por los delitos de SECUESTRO, previsto y sancionado en el artículo 460 del Código Penal de Venezuela y HOMICIDIO CALIFICADO POR MOTIVOS FUTILES, previsto y sancionado en el artículo 406, numeral 1 del Código Penal de Venezuela, cometidos en perjuicio de ROSINA BERNA DI BRINO MENDOZA, en el Centro de Arre.....