PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta con fecha 03 de octubre de 2001, por los abogados OFELIA RUEDA BOTELLO y OSCAR GONZÁLEZ ADRIANZA, representación judicial de la parte actora.
SEGUNDO: REVOCA la decisión dictada por el JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA en fecha 27 de septiembre de 2001.
TERCERO: Se declara CON LUGAR la demanda que por Cumplimiento de Contrato de Seguros y Cobro de Bolívares intentara el ciudadano WALTER WILLIAN RUEDA y la Sociedad Mercantil GRANITOS Y CONSTRUCCIONES MÉRIDA C.A., en contra de la Sociedad Mercantil SEGUROS LA SEGURIDAD C.A., a la cual se le condena a pagar las cantidades de TRECE MIL BOLÍVARES FUERTES (Bs.f 13.000,00) con su respectiva corrección monetaria derivada del índice inflacionario oficial proporcionado por el Banco Central de Venezuela, calculado desde la fecha de admisión de la demanda, hasta la efectiva ejecución de la presente dispositiva.
CUARTO: De confo.....