... visto el desistimiento del procedimiento efectuado por el ciudadano ANTONIO FERMIN, en su carácter de parte actora en la presente causa, asi como el oficio emanado de la Procuraduría del Estado a través del cual consta la aprobación por parte de dicho organismo en torno al desistimiento del procedimiento y la petición relacionada con la entrega de la suma de dinero embargada en fecha 15-04-96 por el extinto Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Transito y del Trabajo de este Estado, de conformidad con lo establecido en el artículo 265 del Código de Procedimiento Civil le imparte la homologación correspondiente a dicho desistimiento con fundamento en el artículo 263 Ejusdem en todas y cada una de sus partes. Téngase la presente homologación con autoridad de cosa juzgada y en su debida oportunidad archívese el expediente.