ACUERDA otorgar la prórroga que se encuentra establecida en el artículo 98 de la referida Ley Orgánica, solicitada por la abogada FLOREGMI COSCORROSA MONSALVE, en su carácter de Fiscal Auxiliar Interina Décima Octava (18°) del Ministerio Público, con competencia en materia de delitos de violencia contra la mujer de la circunscripción judicial del estado Zulia, en tal sentido, acuerda otorgar la PRORROGA DE NOVENTA (90) DIAS, de conformidad con lo establecido en el parágrafo único de artículo 98 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para la presentación del acto conclusivo correspondiente, en virtud de existir diligencias por practicar, PUBLIQUESE Y CUMPLASE.-
EL JUEZ PROVISORIO,
ABG. ESP. CARLOS ANDRES ALBORNOZ CHACIN
EL SECRETARIO
ABG. CARLOS JOSE GARCES LOPEZ
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.
EL SECRETARIO
ABG. CARLOS JOSE GARCES LOPEZ