En consecuencia, por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en la Ciudad de Cabimas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la acción interpuesta por la ciudadana MARIEYIS ELENA NORIEGA PÉREZ, en contra de la Empresa TALLER DE SERVICIO DE RADIADORES C.A. (TASERCA), y solidariamente en contra de la sociedad mercantil MEDICIÓN Y CONTROL C.A. (MEDYCONCA), por motivo de cobro de Prestaciones Sociales y otros Conceptos Laborales. SEGUNDO: Se ordena a la Empresa TALLER DE SERVICIO DE RADIADORES C.A. (TASERCA), y solidariamente a la sociedad mercantil MEDICIÓN Y CONTROL C.A. (MEDYCONCA), pagar a la ciudadana MARIEYIS ELENA NORIEGA PÉREZ, las cantidades detalladas expresamente en la parte motiva de la presente decisión por concepto de cobro de Prestaciones Sociales y otros Conce.....