Por los fundamentos de hecho y derecho explanados ut supra, este Juzgado del Municipio Valmore Rodríguez de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA CON LUGAR LA ACCION ALIMENTARIA propuesta por la ciudadana YAJAIRA COROMOTO LEAL, en contra del ciudadano ANGEL ANTONIO DOMÍNGUEZ, a favor de los adolescentes (omisión de sus nombres), y se procede a fijar alimentos bajo los siguientes términos:
1. Por concepto de OBLIGACIÓN ALIMENTARIA ORDINARIA se acuerda el monto de BOLIVARES QUINIENTOS MIL (Bs. 500.000, oo), que deberá ser retenida por la Empresa a la cual presta servicios el obligado de autos mensualmente, los primeros 5 días de cada mes por mesadas anticipadas por; del mismo modo, se obligará a ajustar dicho monto en forma automática y proporcional hasta el 20% del incremento que se produzca en el sueldo o salario.
2. Para cubrir OBLIGACIONES AL.....