DISPOSITIVA
Por los argumentos de hecho y de Derecho antes expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control Nº 04 del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, hace el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: MEDIDA PRIVATIVA JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, de conformidad con lo establecido en el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, en contra de los imputados CARLOS FABRIZIO ROMERO SILVA, venezolano, nacido en fecha 14 de julio de 1.982, de 20 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 15.202.698, residenciado en el Sector El Bolsillo de la Guardia, casa s/n, de bloques rojso sin frisar, Municipio Diaz, Estado Nueva Esparta y JORGE ELIECER ROMERO CHACON, venezolano, de 42 años de edad, soltero, natural de San Cristóbal, Estado Táchira, titular de la Cédula de Identidad N° V- 8.988.786, residenciado en la Calle EL Juncal, casa sin nú.....