Determinado lo anterior, observa el Tribunal que para el día 23 de junio de 2021, fecha en que fue presentada la demanda, se encontraba en vigencia la referida Resolución. En consecuencia, para acceder a casación se exige una cuantía que exceda las QUINCE MIL UNIDADES TRIBUTARIAS (15.000 UT), la cual, para ese momento era de CUARENTA CÉNTIMOS (Bs. 0.40) por unidad tributaria; siendo estimada la demanda en la cantidad de TREINTA MILLONES DE BOLÍVARES (Bs. 30.000.000, 00), equivalentes –para el momento de introducir la demanda- a la cantidad de setenta y cinco millones de Unidades Tributarias (75.000.000,00 U.T.) monto éste que –conforme a lo señalado – permite con creces el acceso al conocimiento de la Sala de Casación Civil del Máximo Tribunal, y es por este motivo que este Juzgado ADMITE el recurso de casación anunciado en fecha 16 de febrero de 2024 (f. 03 al 05 de la 3ª pieza), por el abogado MAURICIO ALEJANDRO MANEIRO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 282.645, actuando en su.....