D I S P O S I T I V A:
Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución No. 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ACUERDA: LA CONMUTACION DEL RESTO DE LA PENA QUE LE QUEDA POR CUMPLIR EN CONFINAMIENTO al penado: SERGIO SANCHEZ, titular de la cédula de identidad número V-21.075. quien cumplirá en: casa No.108-50, calle 78-110, Parroquia Luís Hurtado Higuera, Municipio Maracaibo, el resto de la pena con el aumento de la tercera parte, siendo esta en total: DOS (02) AÑOS y UN (01) MESES Y CUATRO (04) DIAS, DEBIENDO PRESENTARSE DE MANERA INMEDIATA ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Maracaibo, quien supervisara el Confinamiento, informando periódicamente a este despacho, con la expresa obligación de presentarse semanalmente ante dicho organismo cada ocho (08) días, lapso conmutado que comenzara a .....