Todos los conceptos antes indicados totalizan la cantidad de TRES MILLONES DOSCIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y CINCO BOLIVARES CON OCHO CÉNTIMOS (Bs3.279.455,08ctms), que se condena a la parte demandada EMIRO ATENCIO C.A (E.M.A.T.E.C.A.), a pagar a la parte actora WILMER RIVERA, igualmente condenándose en costa por haber sido vencida totalmente; así mismo, se ordena la corrección monetaria de la cantidad condenada a pagar la cual deberá practicarse teniendo como base los índices inflacionarios acaecidos en el país, desde la fecha de admisión de la demanda, hasta la fecha de ejecución de la sentencia o de la efectiva cancelación de lo condenado a pagar, también se ordena el pago de los intereses moratorios de las cantidades condenadas a pagar, desde la fecha de terminación de la relación laboral, hasta la fecha de ejecución de la sentencia o de la efectiva cancelación de lo ordenado a pagar; todo lo cual deberá determinarse mediante experticia complementaria del fa.....