Seguidamente el Tribunal Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara legalmente embargado preventivamente el CIEN POR CIENTO (100%) de las cantidades de dinero por concepto de PRESTACIONES SOCIALES, CAJA DE AHORROS, FIDEICOMISO E INTERESES que le puedan corresponder al ciudadano JOHARWIN ALBERTO ZABALA GONZALEZ, titular de la cédula de identidad N° V- 12.328.764 como trabajador al servicio FUNDACION CUERPOS DE BOMBEROS DEL MUNICIPIO LAGUNILLAS, para el momento del retiro del lugar de trabajo por la causa que fuere y una vez se haga efectiva la presente medida, las cantidades correspondientes deberán ser remitidas en cheque de gerencia a nombre del TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, SALA DE JUICIO-JUEZ UNIPERSONAL N° 01, con sede en Cabimas, expediente Nº 1U-6505-07, todo ello para garantizar las Pensiones de la niña y/o adolescente: ZABALA ZAB.....