En consecuencia, conforme al basamento legal y a los criterios señalados emitidos por la Sala Constitucional y por todos los razonamientos antes expuestos este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta declara INADMISIBLE la presente Acción De Amparo. Así se Establece.-