PRIMERO: SE ACUERDA AMPLIAR EL REGIMEN DE PRUEBAS impuesto al imputado JUAN CARLOS SUAREZ PARRA, plenamente identificado en autos, por un (1) año más, con lo cual dicho ciudadano deberá cumplir el Régimen de pruebas inicialmente impuesto por el lapso de Tres (3) años contados a partir de la presente fecha, todo ello de conformidad con lo pautado en el artículo 41 del derogado Código Orgánico Procesal Penal, con motivo de LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO, decretada en fecha 19-07-2.001, descontándose de dicho tiempo las presentaciones que hubiese cumplido con anterioridad, tiempo en el cual queda obligado a cumplir las siguientes condiciones: 1) Residir en un lugar determinado o en su residencia actual, y para el caso de cambiar de domicilio notificarlo inmediatamente; 2) Permanecer por el período de 3 años en un trabajo o empleo estable, ya sea por cuenta propia o ajena, debiendo consignar constancia de Trabajo; 3) Someterse a un Régimen de presentaciones cada 15 días por ante la .....