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DISPOSITIVO
Por los fundamentos antes expuestos este JUZGADO SUPERIOR TERCERO EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y MARÍTIMO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en el juicio de PRESCRIPCIÓN EXTINTIVA incoada por el ciudadano HENRY ENRIQUE MOGOLLON AZUAJE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 3.461.089, debidamente representado por los abogados en ejercicio ANIBAL SEGUNDO CHACÍN BLANCO Y MARIA RINCÓN, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 152.783 Y 77.109 declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación planteado por la abogada en ejercicio MIRIAM PARDO CAMARGO, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 49.336, actuando con el carácter de Defensora Ad-Litem de la parte demandada, ejercido en contra de la decisión proferida por el TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRI.....