En este estado, este Juzgador, con vista al acuerdo celebrado por las partes en el día de hoy, en lo que respecta al cumplimiento de la mencionada sentencia proferida por este Juzgador, le imparte la correspondiente homologación, dándole efecto de cosa juzgada. Asimismo, se deja constancia de que una vez que conste en los autos, la cancelación del monto condenado en los términos acordado por las partes en la presente acta, este Juzgador, ordenara el cierre y el archivo del presente expediente. Así se establece.
El Juez.
Abg. Mario Montalvan.
La Secretaria.
Abg. Carmen Cordero.
Los Presentes: