PRIMERO: IMPROCEDENTE, la querella de INTERDICTO DE OBRA NUEVA incoada por la ciudadana ZULI MARGARITA GÓMEZ PAZ en contra de los ciudadanos JOHAN NOEL GUZMAN RIVERA y ROSA ELINA RIVERA DE MALAVER, todos identificados. En consecuencia, de conformidad con el artículo 713 del Código de Procedimiento Civil, se permite la continuación de la obra llevada a cabo por la ciudadana ROSA ELINA RIVERA DE MALAVER, la cual se está construyendo hacia fachada lateral derecha de la vivienda propiedad de la ciudadana ZULI MARGARITA GOMEZ PAZ.
Se le advierte a las partes que en aplicación del artículo 716 del Código de Procedimiento Civil, toda reclamación entre las partes deberá ventilarse por el procedimiento ordinario, cuya demanda deberá proponerse dentro del año siguiente a la terminación de la obra nueva, o dentro del año siguiente al Decreto que hubiere ordenado la suspensión total o parcial de la obra.
SEGUNDO: Se ordena notificar a la querellante, ciudadana ZULI MARGARITA GÓMEZ PAZ, de nacio.....