este Juzgado Superior Cuarto del Trabajo del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, actuando en sede constitucional, declara:
1) CON LUGAR la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por el profesional del derecho FELIX JOSE GUERRA MEDINA, actuando en representación judicial de la sociedad mercantil PDVSA PETROLEO S.A., en contra de las omisiones agravantes del Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio del Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia.
2) SE ANULAN TODAS LAS ACTUACIONES POSTERIORES A LA SENTENCIA DICTADA POR EL TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL REGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, de fecha 28 de septiembre de 2007.
3) En consecuencia, se ordena la REPOSICIÒN DE LA CAUSA, al estad.....