En consecuencia este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara, administrando Justicia en nombre de la Republica y por Autoridad de la ley, declara:
ÚNICO: El cese de todas las medidas de coerción personal, que pesa sobre el ciudadano EDUARDO ENRIQUE ZAMBRANO HERNANDEZ, quien es de nacionalidad venezolana, fecha de nacimiento 02-04-1984, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad N° 18.694.480, residenciado en la avenida 26 del Barrio Bicentenario, casa N° 14-102, Santa Bárbara de Zulia, Municipio Colón del Estado Zulia, en el presente asunto signado con el Nº CO2-5095-2008, todo de conformidad con lo establecido en el articulo 244 del Código Orgánico Procesal Penal, por lo cual se acuerda la libertad sin restricción del referido ciudadano, debiendo éste comparecer por ante la sede de este Tribunal o por ante la Fiscalía Decimasexta del Ministerio Público de la Circunscripción Ju.....