Por los razonamientos expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, CON SEDE EN CABIMAS, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara:
PRIMERO: PERIMIDA la Instancia en la presente causa, seguida por la ciudadana MARLENIS DEL CARMEN QUERO MARQUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V.- 11.450.427 con domicilio en el Municipio Cabimas del Estado Zulia, contra la parte demandada Ciudadana MAIRE PAZ VALBUENA venezolano, mayor de edad, con domicilio en el Municipio Cabimas del Estado Zulia, por motivo de cobro de DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de lo aquí decidido. Se previene a la parte interesada que de tener interés pueden interponer la demanda nuevamente pasado que sean NOVENTA (90) días de conformidad con la ley.
.....