este JUZGADO SUPERIOR CUARTO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Maracaibo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: 1.- CON LUGAR LA INHIBICIÓN planteada por el Dr. CARLOS ALBERTO SILVESTRI VIVAS, en su condición de Juez del Juzgado Décimo Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en relación al Juicio que incoaron los ciudadanos ELIO BERMUDEZ, ISIDRO AÑEZ, GUIDO BRAVO, JUAN INCIARTE, GILBERTO CARRILLO, SAMUEL ACOSTA, ALEJANDRINA VERGARA, EURO GARCIA, JESUS VILCHEZ, JOSE VILCHEZ, CAMILO SANCHEZ, PEDRO BURGO, IVAN VILLALOBOS, JOSE ABREU, ANGEL BRAVO en contra de la UNIVERSIDAD DEL ZULIA (LUZ). 2.- SE ORDENA comunicar la presente decisión al ciudadano Dr. CARLOS ALBERTO SILVESTRI VIVAS, quien ejerce la Rectoría del Juzgado Décimo Quint